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Conoce los Trámites y Requisitos para ser intendente Municipal en Argentina
Conoce los Trámites y Requisitos para ser intendente Municipal en Argentina. Esta persona, va a ser quien represente nuestro ayuntamiento ante otras autoridades provinciales y nacionales.
El intendente, es la figura de gobierno que está más ligada a la vida diaria de una determinada población. Esto produce más posibilidades de ejercer una administración más prudente y próxima a la realidad de una sociedad
¿Cuáles son los requisitos para ser intendente?
De pacto con la Constitución Nacional de Argentina, cada ayuntamiento tiene la posibilidad de escribir sus reglamentaciones.
Se fundamentan en el principio de autonomia de los ayuntamientos y también incluyen los requisitos precisos para ejercer la administración del territorio.
Basicamente son exactamente los mismos, en la mayoría de las cartas orgánicas revisadas.Los requerimientos generales y obligatorios para ser intendente,
Solo con pequeñas diferencias, como:
- Tener ciudadanía argentina en cualquiera de sus modalidades.
- El factor edad, estas van desde los 22 años a los 30 años.
- El tiempo de vivienda en el ayuntamiento, puede ser desde los dos años hasta los ocho años.
En ciertas cartas orgánicas, hallamos otros requerimientos, auxiliares a los anteriores:
- Que el aspirante a intendente, sea impositor del municipio
- Que hubiera ejercido el voto en la última elección municipal efectuada, o bien tener justificación en el caso de no haber ejercido este deber.
- Como asimismo, aquellos extranjeros anotados en el Padrón Electoral, tienen la capacidad de ser escogidos.
- Aun en ciertos ayuntamientos, es imprescindible que sean votantes.
¿De qué forma se escoge a los intendentes Municipales?
La forma de elección de los intendentes es exactamente la misma en todas y cada una de las cartas orgánicas: ejerciendo el derecho al voto.
Normatividad
A partir de 1994, en la reforma efectuada a la Constitución Nacional de Argentina, se declara la autonomía de los municipios de Argentina.
Estableciendo que cada ayuntamiento, redactará sus cartas orgánicas o bien constituciones municipales. Esto con el fin de acotar sus formas de regir adaptadas a sus condiciones de convivencia.
Para ese entonce, ya en la urbe de la ciudad de Santiago del Estero, existia una contitución propia. Siendo el primer ayuntamiento en escribir su carta orgánica, en el año de 1961.
Es esencial reconocer que la autonomia municipal, con base en la constitución nacional, presenta las próximas características:
- Es institucional, todos y cada uno de los ayuntamientos tienen la capacidad de escribir su forma de regirse.
- Tienen la posibilidad de seleccionar a sus propias autoridades locales, es político.
- Pueden regentar los servicios públicos, obras públicas, poder de policía, entre otras muchas, es administrativo
- Tiene la capacidad de supervisar y planear el gasto público municipal, es económico.
- Se presenta la posibilidad de aplicar los impuestos, es financiero.
Tambien con base en la autonomia, todos y cada uno de los temas relacionados con las autoridades municipales, son detallados en todos y cada Ley Orgánica Municipal.
Siendo ciertos de estos temas, los relacionados con: la elección de los intendentes municipales; la duración del cargo y el objeto de su existencia, entre otros muchos temas.
A forma de ejemplo, vamos a comentar la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 de la provincia de la ciudad de Buenos Aires.
En el primer Capítulo, articulo 1 de la Ley, se hace referencia a la Constitución de las Municipalidades. En él se establece, que el gobierno de la provincia es responsabilidad de un departamento ejecutivo. Cuyo líder es el Intendente.
El detalle de cómo ha de ser escogido el intendente, lo vemos en en el artículo 3. Donde se señala, que sea directamente el pueblo a través del voto, pudiendo ser reelegido al concluir los 4 años de duración en el cargo.
Especificando en su artículo cuatro, y de conformidad con la Ley Electoral ejercida en la Provincia. Que en exactamente las mismas elecciones que se escojan miembros del Congreso de los Diputados y miembros del Senado, va a ser escogido el intendente.
Esta participación es obligatoria, para los que residan en el ayuntamiento, donde son eligidas las autoridades que los representarán.
En el articulo 107 del Capítulo IV. Establece que el Intendente, debe efectuar de forma exclusiva: la administración general de los recursos del ayuntamiento y también incorporar las ordenanzas que se establezan.
Asi mismo, va a contar con cargos auxiliares, detallados en el artículo 178, para cumplir con sus deberes y atribuciones.
Entre estos auxiliares, comenzaremos nombrando a los empleados y los secretarios del Departamento Ejecutivo.
Sumando a los organismos descentralizados. En tercer sitio, se cuenta con las comisiones de vecinos.
Estas comisiones tienen el propósito de efectuar vigilancia, prestar ciertos servicios concretos o bien la ejecución de obras.
Tambien son incluidas las autoridades policiales, que cumplen sus funciones en las delimitaciones de la municipalidad.
En el resto de los Ayuntamientos donde se han redactado sus constituciones, los artículos ya antes convocados son afines en todos y cada una de ellas.
Entre ciertas de estas leyes, tenemos a la Ley Orgánica Municipal y de Régimen Comunal de la Provincia de Catamarca conforme el Decreto/Ley Nº4640; la Ley Orgánica de Ayuntamientos Ley N.º 4233, de la Provincia de Chaco; el Régimen de Ayuntamientos y Comunas Ley N.º 8102/91 de Córdoba.
Propuesta de cambio
Dos miembros del Senado de la provincia Entre Ríos, han propuesto modificar los requerimientos precisos para ser intendente y concejal, que se hallan en la Ley 10.027 de los municipios.
En su proyecto de cambio, han propuesto que sean eliminados del texto constitucional, las condiciones de:
- Saber leer y redactar,
- Pagar los impuestos, las tasas o bien tributos,
- Realizar alguna profesión o bien oficio con fines de lucro.
Dejando, tal como está, la edad mínima requerida de 25 años para ser intendente y de 18 años para el cargo de concejal.
En el Proyecto de modificación de la ley, proponen la integración de artículos referidos a las situaciones de ausencia mayores a 5 días de los intendentes.
¿Qué hace un intendente?
El término de Intendente,proviene de Francia. Fue Felipe V, de la Casa Borbón, quien lo introdujo en España y América, con el propósito de organizar el gobierno.
Este titulo es asignado a la persona que ejercita sus competencias vinculadas con el gobierno en un territorio limitado.
El Intendente, es el responsable de liderar y dirigir el Poder Ejecutivo de un determinado ayuntamiento.
Entre sus actividades, debe aplicar las ordenanzas y reglas municipales que son manadas desde el Concejo Deliberante.
Definitivamente, en el ejercicio del cargo de Intendente se debe calcular el presupuesto anual que va a ser destinado a progresar la urbe.
El que ejercita el cargo de Intendente, es quien tiene la responsabilidad de designar a sus cooperadores. Estas personas van a ser los que brindarán su apoyo en la labor de ejercer el gobierno.
Funciones de un Intendente
De forma general, entre las funciones del Intendente hallamos que:
- Será la personalidad que represente al ayuntamiento en todas y cada una las relaciones de clase oficial.
- Deberá ser el garante del cumplimiento y también implementación de las ordenanzas y las resoluciones.
- Es el responsable de ejecutar todos aquellos actos que estén establecidos en la Carta Orgánica o bien las leyes.
De forma más específica, entre los deberes del Intendente, tenemos:
- Efectuar el respectivo llamado a las elecciones de nuevas autoridades.
- Designar o bien remover, en la normativa de estabilidad y carrera administrativa, a los funcionarios del órgano ejecutivo y a los empleados municipales.
- Presentar anualmente a las autoridades eficientes, el presupuesto y plan de ejecución de los gastos. Anterior análisis de los recursos a requerir y las obligaciones de tributos conforme las ordenanzas generales pertinentes.
- Asegurar la adecuada y oportuna prestación de los servicios públicos en el ayuntamiento.
- Hacer público la situación de ingresos y egresos y presentar anualmente el cómputo y memoria del ejercicio efectuado.
- Crear y también estimular las políticas de desarrollo económico, social y cultural.
- Efectuar los decretos precisos para aplicar las inhabilitaciones, las sanciones propias del poder de policía, aplicar las multas, entre otras muchas.
- Regentar, valorar y supervisar la administración de la administración municipal en todos y cada uno de los niveles.
- Hacer cumplir las normativas para la participación de la ciudadanía, con el apoyo de las comisiones vecinales y las organizaciones medias.
- Estar al pendiente y ejecutar las gestiones con repercusión en la comunidad que estén bajo la ley y sean compatibles con las disposiciones constitucionales.
La duración del orden de intendente, va a ser de 4 años, con la posibilidad de ser reelegido.
¿Cuánto cobra un intendente municipal?
El salario o bien retribución de los intendentes municipales, esta basada en un número de sueldos mínimos. De manera adicional se le suman los gastos de representación y los de antigüedad.
En pro de sostener de forma transparente, los elementos que son una parte de la administración de gobierno, algunos intendentes hacen público su ingreso mensual.
Hemos encontrado en ciertas cartas orgánicas, que el salario de un Intendente, va a ser asignado en el presupuesto anual, con la observación que no será jamás más bajo de diez salarios mínimos.
Incluso, el salario está anclado a la cantidad de concejales que tenga el ayuntamiento. En ciertos casos, pueden lograr hasta 16 salarios mínimos. En aquellos territorios donde existan entre 20 y 24 concejales.
Es esencial hacer apreciar, que la información previamente comentada, es referencial. Para conocer la reglamentación de gobierno en todos y cada Ayuntamiento, se debe examinar la Carta Orgánica redactada en cada uno de ellos de ellos.
Si necesitas más información sobre el tema Conoce los Trámites y Requisitos para ser intendente Municipal en Argentina Podrás escribirnos tu consulta por el Formulario qué encontrarás bajo este artículo para dejarnos tus inquietudes. .