Todo Sobre AFIP Calendario de Cobro 2014

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Comenzando con Todo Sobre AFIP Calendario de Cobro 2014

Antes que haber finalizado el año 2013 AFIP ya había publicado el Calendario fiscal 2014 para Argentina, presentamos cuales son las fechas de vencimientos de los impuestos a las Ganancias, a los Recursos Personales, a la Ganancia Mínima Presunta y asimismo IVA, a la vera de el resto impuestos que tocará tributar durante 2014 a través de este Calendario de cobro de AFIP. 

De esta manera llega muy muy puntualmente de parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las fechas del Calendario fiscal de vencimientos y cobro para 2014, ahora, podemos consultar exactamente en qué instante nos tocará realizar los pagos.

Calendario de cobro 2014 AFIP

 

 

Este calendario de cobro, queda fijado mediante la Resolución General 3.574, no únicamente se trata de los impuestos también:

  • Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias
  • A los Combustibles
  • Demás regímenes

Calendario de cobro. Formulario On-line F. 572

Aparte de esto AFIP en este las Deducciones Personales facilita la carga de Deducciones en el Impuesto a las Ganancias que corresponde a 2013 vía el Formulario online F.572.

El Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) se trata de un servicio Web por medio del que los impositores que les corresponda como dependiente declarar los conceptos que deba deducir sobre: el impuesto, percepciones por compras en el exterior con tarjetas de crédito o débito, además de informar ingresos que hubieran logrados por pluriempleo. Dicha información se envia de forma electrónica al empleador para que este disponga de los datos para calcular las retenciones sobre sueldos del empleado.

Calendario de cobro, Exactamente en qué instante puedo emplear el F.572 Web

Debiendo saber que el F. 572 electrónico tienen carácter obligatorio en caso que tuvieran alguna de estas situaciones:

  • Si la remuneración salvaje del año calendario inmediato precedente al que se declara fué similar o superara ($250.000).
  • Que el año a tener en consideración para la determinación sea el año de inicio de la relación laboral, esto es,no haber abonado remuneraciones por los 12 meses pertinentes. Para establecer si en el periodo siguiente deberán emplear el servicio, se va a tener en cuenta la remuneración salvaje mensual pactada para todo el año calendario.
  • Si tuvieran un pluriempleo, el adjudicatario deberá tener en consideración la suma total de los sueldos o de los trabajos que conforman el pluriempleo.
  • Por compras en el exterior con tarjeta de crédito o débito.

Aparte de esto AFIP apunta que los trabajadores deben mantener la documentación respaldatoria sobre los datos que son informados en el formulario de declaración jurada F. 572 Web, y los comprobantes de la liquidación anual y final del formulario de declaración jurada F. 649 o planillas que fueran realziadas manualmente o por sistemas computadorizados que fueran dados por su empleador.

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