Certificado ITI

Nesesitas información sobre el tema , Certificado ITI En este artículo respondemos tus preguntas sobre el tema Certificado ITI.

Certificado ITI

En este país, el impuesto que se deriva de la trasferencia de los inmuebles se le llama ITI.

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¿A que llamamos ITI?                       

El Certificado I.T.I es el impuesto que se fija a la compraventa de inmuebles a los sujetos que no tienen la actividad comercial como un medio de vida o bien lo que es exactamente lo mismo no la efectúan de manera regular.

Tiene su basamento legal en la Ley 23.905 lo establece como tal. Además de esto plantea cuales son los sujetos que deben anularlo y cuáles son los agentes de retención encargados del mismo.

El Impuesto a la Trasferencia de Inmuebles se debe cancelar cuando hay un titulo Oneroso; esto es cuando hay un pago o bien contraprestación generada por una relación jurídica.

¿Quién debería abonar el ITI?

impuestos

A continuación se expone quienes deben abonar el Impuesto a la Trasferencia de Inmuebles (I.T.I):

  • Las personas físicas. Entendiendo como tal, a el individuo que tiene existencia real, aparte de esa condición la capacidad para ejercer sus derechos y cumplir sus deberes o bien obligaciones, conforme la ley y la Constitución.
  • Las secesiones indivisas. Se Considera  una secesión indivisa a un conjunto de personas que han heredado algún inmueble o bien otro bien, mas esta  herencia  incluso no se ha repartido.
  • Se hace apreciar que tanto el vendedor como el comprador deben asumir pagos de impuestos asignados por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P).

¿Por el Impuesto a la Trasferencia de Inmuebles cuánto es el monto que se debe abonar?

El Vendedor:

  • Hasta un dos% por comisión inmobiliaria.
  • Por impuesto a los sellos uno con ocho%.
  • Máximo uno con cinco% por el I.T.I.
  • Por la escrituración de 0,6% a 1%.

El Comprador:

  • Hasta un cuatro% por comisión inmobiliaria.
  • Por los impuestos a los sellos uno con ocho%.
  • Un máximo de 0,8% por la escrituración.
  • Por el escribano 2% pero el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Pasos legales para conseguir el certificado de impuesto a la trasferencia de inmuebles (ITI).

Pasos a seguir

Para conseguir el Certificado del Impuesto  a la Trasferencia de Inmuebles debe continuar los siguientes  pasos:

  • Ingresar a la página oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
  • Con tu Clave Fiscal entras al campo de Trasferencia de Inmuebles.
  • Ingresas al campo de Selección de Empresas, y allá escoges tu nombre y
  • Entonces ingresas a Tramites Simplificados.
  • Completas los requisitos o bien datos que allá se te demandan.
  • Impresión del certificado.

¿Quién no paga el ITI?

El Impuesto a la Trasferencia de inmuebles no se paga cuando:

  • Se efectúa la venta de su única vivienda.
  • Se efectúa la venta de un terreno que era para la construcción de una casa. propia.
  • Cuando el inmueble es propiedad conyugal.
  • Cuando el inmueble está incorporado a la última declaración de impuesto
  • Para esto debe conseguir el Certificado de No Retención  que se debe pedir cuando menos veinte días ya antes de efectuar la negociación.

¿Cuáles son los pasos a continuar para la obtención del certificado de no retención (ITI)?

Para conseguir el Certificado de No Retención primero que nada debes tener  la Constancia Única de Identificación Laboral, (C.U.I.L) y la Clave de Identificación, (C.D.I).

Se puede conseguir en internet o bien por teléfono.

Por Internet  debes:

instrucciones

  • Ingresar a la página de la Administración Federal de Impuestos Públicos.
  • Escoges la opción Transferencia de Inmuebles o Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
  • En el campo Selección de Empresa, escribes tu nombre y apellido.
  • Ingresas a Trámites Simplificados.
  • Detalla el género de trámite a efectuar.
  • Imprimes el certificado.
  • Ingresa el Código Único de Impuesto Tributario del escribano interviniente, los datos del inmueble, y si es una sociedad conyugal los datos del Libro de Matrimonios.
  • A lo último se le debe dar impresión al Certificado.

 Por teléfono debes:

Hombre hablando por Telefono

Tener en mano los próximos datos:

  • Información personal.
  • Datos registrados en la Administración Federal de Impuestos Públicos.
  • Datos que identifican al inmueble.
  • Comuníquese con el Centro de Información Telefónica, a través del siguiente numero 0800-999-2347 y escoge la opción cuatro.
  • El operador te informara el numero del certificado.
  • Entonces te diriges a una dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos con la próxima documentación:
  1. El número asignado por teléfono.
  2. Original y copia de la Clave de Identificación. Si es de otra persona copia de exactamente la misma.
  3. Original y copia de la escritura que indique posesión del inmueble.
  4. Si es propiedad conyugal copia y acta de matrimonio.
  5. Estos trámites son gratis.

¿Qué es el C.O.T.I?     

El C.O.T.I en Argentina es el Código de Oferta a la Trasferencias de Inmuebles. Este se debe pedir ya antes de efectuar la negociación del inmueble. Se hace preciso cuando el valor del mismo sea igual o bien superior a 1.500.000 pesos argentino

¿De qué manera conseguir el Código de Oferta a  la Trasferencia de inmuebles?

Para conseguir el Código de Oferta a la Trasferencia de Inmuebles debes ingresar a la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos y contar con la Clave Fiscal.

Cumplido este paso ingresa a  Constancia Única de Identificación Laboral (C.U.I.L). Esto no es un impuesto, es un código que se demanda cuando la negociación del inmueble tiene un valor igual o bien superior  a 1.500.000 pesos argentinos.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el ITI?

El I.T.I. es el Impuesto a las Trasferencias de Inmuebles que se hallan en el país.

¿Quién ha de abonar el ITI?

El Impuesto a las Trasferencias de Inmuebles lo pagan las personas físicas sea individuos que tienen capacidad para tener derechos y obligaciones conforme la ley.

Así como las sucesiones indivisas, un conjunto de herederos de una herencia que incluso no se ha repartido. Además de esto el comprador asimismo debe abonar impuestos.

¿Qué personas no están sostienes a abonar el Impuesto a las Trasferencias de Inmuebles (ITI)?

No pagan el Impuesto a las Trasferencias de Inmuebles quienes negocien su residencia única o bien un terreno para la construccion de una casa propia, cuando el inmueble es propiedad conyugal o bien se incorporo a la remata declaración de impuesto.

 ¿A que se le llama Certificado de No Retención (ITI)?

El Certificado de No Retención es el que se le da a las personas para no abonar el Impuesto a las Trasferencias de Inmuebles por estar exentas conforme la ley.

¿Qué es el C.O.T.I?

El C.O.T.I., es el Código de Oferta a las Trasferencias de Inmuebles. Este se debe pedir con cierta antelación y cuando el inmueble en negociación tenga un valor igual o bien superior a 1.500.000 pesos argentinos.

¿El comprador asimismo ha de abonar impuesto para efectuar la negociación de un inmueble? 

Si, el comprador asimismo ha de pagar impuesto que se especifican a continuación:

  • De tres% a cuatro% por la comisión inmobiliaria.
  • 1,8% por impuesto a los sellos.
  • De 0,6% a 0,8% por la Escrituración.
  • 2% pero el IVA por el Escribano.

¡Nos leemos entonces!

Si quieres más info sobre el tema Certificado ITI Podrás realizar tu consulta por el Formulario al pie de este post para los comentarios. Esperamos que todas las dudas que has tenido se hayan disipado con toda la información en este artículo.

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